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El sistema interno de información le permite reportar cualquier actuación que suponga una limitación efectiva de los derechos y garantías previstas en la Ley 2/2023 de 20 de febrero, por la que se transpone al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, también denominada, Directiva Whistleblowing.
Si presenta una comunicación, incluso aunque no sea de manera anónima, debe saber que queda preservada su identidad, que no puede ser comunicada a terceros, y se garantiza la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas y a cualquier tercero que se mencione en la información suministrada. Las revelaciones que deban hacerse quedan sujetas a las salvaguardas establecidas en la normativa de aplicación y que aparecen reflejadas en los textos legales publicados en la página web de la entidad que recibe la denuncia.
Pulse en el siguiente botón para hacer seguimiento de su denuncia, añadir más información a la misma o incorporar documentación adicional. Tenga en cuenta que para adjuntar documentos a una denuncia, ésta debe estar creada con anterioridad.
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El presente Sistema interno de información, ha sido implantado en la organización con la finalidad de constituir un mecanismo eficaz destinado a detectar las posibles irregularidades que pudieran poner en riesgo la reputación e imagen de la entidad, así como para fomentar una cultura empresarial ética, íntegra y transparente que gobierne la actuación de los profesionales de la organización, impulsando una cultura preventiva de actos ilícitos y comprometida con el cumplimiento de las leyes y normas. Para estas finalidades, a través del Sistema de información cualquier persona con la que tenga relación la entidad, podrá comunicar la existencia de prácticas irregulares y de corrupción, permitiendo impulsar las pertinentes investigaciones que posibiliten acabar con dichos comportamientos.
El presente canal se encuentra destinado a la comunicación de denuncias relativas a conductas irregulares o inapropiadas tales como: el acoso sexual o laboral, conductas discriminatorias, condiciones laborales, conflictos de interés, blanqueo de capitales, fraude, tratos de favor, incumplimientos legales o contractuales, etc. Por ello, serán objeto de desestimación aquellas denuncias que no supongan ningún ilícito penal o ético, aquellas que no se encuentren debidamente fundadas o fundamentadas, las realizadas de mala fe o que se encuentren en trámite o procedimiento judicial.
De forma expresa, por este canal, NO SERÁ ADMITIDO A TRÁMITE LO SIGUIENTE:
1.- Quejas o reclamaciones de clientes o proveedores. Para esto diríjase al departamento atención al cliente y/o departamento de compras.
2.- Conflictos entre empleados. Para esto puede dirigirse al departamento de Recursos humanos, mecanismos de arbitraje y/o cualquier otro mecanismo establecido a tal efecto por la entidad.
3.- Asuntos personales no relacionados con la entidad.
4.- Situaciones que no impliquen incumplimiento de normativas.
El Sistema interno de Información debe ser utilizado exclusivamente para reportar conductas contrarias a la ley o las políticas internas de la empresa.
Para más información puede consultar la política del Sistema Interno de Información publicada en la web de la entidad.